REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
Razón Social: INGESES – TECNO
NIT: 901.146.050-4
Dirección: Calle 52 # 4-38
Ciudad: Puerto Berrio
Actividad Económica: Comercio de aparatos y equipos de uso doméstico, comercio de otros utensilios domésticos comercio de equipos de informática y comunicaciones, comercio de equipos y aparatos de sonido y de video, comercio de otros enseres domésticos; comercio de electrodomésticos y gasodomésticos, muebles y equipos de iluminación, comercio de artículos y utensilios de uso doméstico,
Clase de Riesgo: Riesgo II
Nombre del gerente: Gildardo Arias Vidales
Sucursales o Agencias Si ( ) No (X)
NOMBRE DE LA A.R.L: SURA
Prescribe el siguiente reglamento contenido en los siguientes términos:
ARTÍCULO 1: La empresa se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 217, 70, 71, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9 de 1979, Resolución 2400 de 1979, Resolución 2013 de 1986, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1295 de 1994, Ley 776 de 2002, Ley 1562 de 2012, Decreto 1443 de 2014 recopilado en el Decreto 1072 de 2015 y demás normas que con tal fin se establezcan.
ARTÍCULO 2: La empresa se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con lo establecido en la Resolución 2013 de 1986, Decreto 1295 de 1994 Ley 1562 de 2012, Decreto 1443 de 2014 recopilado en el Decreto 1072 de 2015 y demás normas que con tal fin se establezcan.
ARTÍCULO 3: La empresa se compromete a destinar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes de conformidad con el programa de salud ocupacional, elaborado de acuerdo al Decreto 1443 de 2014 recopilado en el Decreto 1072 de 2015, el cual contempla como mínimo los siguientes aspectos:
Medicina preventiva y del trabajo, Orientado a promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores, en todo los oficios, prevenir cualquier daño a su salud, ocasionado por las condiciones de trabajo, protegerlos en su empleo de los riesgos generados por la presencia de agentes y procedimientos nocivos, colocar y mantener al trabajador en una actividad acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicosociales.
Higiene y Seguridad Industrial, dirigido a establecer las mejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientos que conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgos que se originen en los lugares de trabajo o que puedan ser causa de enfermedad, disconfort o accidente.
ARTÍCULO 4 Los riesgos existentes en la empresa, están constituidos principalmente por:
QUÍMICO:
- Contacto con productos químicos en general.
- Salpicadura de sustancias químicas.
PSICOSOCIAL:
- Gestión organizacional.
- Características de la organización en el trabajo.
- Condiciones de las tareas.
- Interface persona- tarea.
- Jornada de trabajo.
- Condiciones de la tarea, exceso de responsabilidad, trabajo bajo presión, monotonía y rutina, turnos de trabajo: Área administrativa y personal en general.
BIOMECÁNICO:
- Fijación visual permanente: Área administrativa y personal operativo durante el desarrollo o ejecución de actividades o labores de oficina como documentación en uso de equipos de cómputo.
- Movimiento repetitivo de miembros superiores: Área administrativa y personal operativo durante el desarrollo o ejecución de labores de oficina en uso de equipos de cómputo.
- Postura prolongada sentada: Área administrativa y personal operativo durante el desarrollo o ejecución de Labores de documentación.
- Postura prolongada de pie: Área operativa durante labores en general referente a su oficio.
CONDICIONES DE SEGURIDAD:
- Caída al mismo nivel: Área administrativa y personal operativo.
- Golpeado por o contra: Área administrativa y personal operativo.
- Manipulación de herramientas corto punzantes: Área administrativa y personal operativo.
- Proyección de partículas: Área operativa.
- Peligros públicos: Robos, asaltos y atracos.
- Tecnológico por Incendio: Área administrativa y personal operativo.
BIOLÓGICOS
- Enfermedades infectocontagiosas, Bacterias, fluidos, hongos: Área técnica.
LOCATIVOS:
- Caídas a nivel
- Golpes y lesiones orgánicas.
- Orden y aseo
TRÁNSITO:
- Colisiones
- Volcamiento
- Obstáculos
- Atropellamientos
NATURALES
- Sismos y movimientos telúricos.
PARÁGRAFO. A efecto que los riesgos contemplados en el presente Artículo, no se traduzca en accidente de trabajo o en enfermedad laboral, la empresa ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el programa de salud ocupacional de la empresa, el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella.
ARTÍCULO 5: La empresa y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implantación de las actividades promoción y prevención en seguridad y salud en el trabajo y riesgos laborales, que sean concordantes con el presente Reglamento y con el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.
ARTÍCULO 6: La empresa ha implantado un proceso de inducción del trabajador a las actividades que debe desempeñar, capacitándolo respecto a las medidas de prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a realizar.
ARTÍCULO 7: Este reglamento permanecerá exhibido, en por lo menos dos lugares visibles de los locales de trabajo, junto con la Resolución aprobatoria, cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso.
ARTÍCULO 8: El presente reglamento entra en vigencia a partir de la aprobación impartida por el Gerente y durante el tiempo que la empresa conserve sin cambios sustanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación, tales como actividad económica, métodos de producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia.
GILDARDO ARIAS VIDALES
Representante Legal
01/09/2024